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Aguinaldo deberá pagarse antes del 20 de diciembre

  • Foto del escritor: Redacción
    Redacción
  • 16 dic 2021
  • 2 Min. de lectura


La Secretaría de Desarrollo Económico del Gobierno de Estado, que encabeza Rosa María Bayardo Cabrera, a través de la Subsecretaría del Trabajo que dirige Javier Pinto Torres, da a conocer que de acuerdo el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) el aguinaldo deberá pagarse antes del 20 de diciembre.


El funcionario estatal detalló que esta prestación es un derecho irrenunciable y no puede ser intercambiada por días descansos, vales, despensas u otra forma de pago.


Pinto Torres agregó que, si bien se trata de un derecho irrenunciable, no todos los trabajadores tienen derecho al mismo, tal es caso de los prestadores de servicios que reciben pago por honorarios a menos de que haya una subordinación laboral.


Mencionó que de acuerdo a la LFT quienes tienen derecho a esta prestación deberán recibir un monto mínimo de 15 días de salario, por lo que invitó a empresarias y empresarios a cumplir con el derecho que tienen las y los trabajadores de recibir aguinaldo o la parte proporcional del mismo antes del día 20 del presente mes.


Con relación a las personas que no laboraron todo el año o que dejaron de hacerlo en el presente año, especificó que el patrón deberá de cubrir la parte proporcional que corresponda.


Invitó a la población que tenga dudas sobre esta prestación, a que se acerquen a Procuraduría de la Defensa del Trabajo en las oficinas de Colima ubicadas en Avenida Tecomán 673-B, colonia Luis Donaldo Colosio, o llamar a los teléfonos: 312-312-74-63 y 312-312-98-21; en Manzanillo deben acudir al Complejo Administrativo de Seguridad Cuarto Módulo, en la avenida Elías Zamora Verduzco S/N. o comunicarse al teléfono 314 1381745, de 9:00 a 15:00 horas de lunes a viernes.


Las y los empleadores que no cubran esta prestación de fin de año podrán ser sancionados hasta con 5 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA).


Finalmente recordó que, para el caso de la burocracia, el Artículo 67 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Gobierno, Ayuntamientos y Organismos Descentralizados del Estado de Colima, establece que el aguinaldo deberá pagarse en una sola exhibición antes del 19 de diciembre.

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